PAMBI nació como un tutorial, no como una promesa de inversión
Daniel Santomé creó PAMBI durante un tutorial para el canal Crypto Dalas. La finalidad inicial era mostrar el proceso técnico de creación de una criptomoneda. El proyecto se viralizó y terceros comenzaron a comprar y vender libremente, provocando una especulación que no estaba bajo el control del creador.
Los vídeos publicados advirtieron repetidamente que el mercado de las criptomonedas es volátil y que ninguna persona controla las decisiones independientes de miles de compradores y vendedores. No hubo una garantía de rentabilidad ni una promesa de precio futuro.
La caída no ocurrió “en las primeras horas”
El registro público del mercado muestra que PAMBI subió durante sus primeros cinco días. Tras anunciarse su listado en un exchange, el precio pasó aproximadamente de cinco a un céntimo, volvió a recuperarse cerca de 4,5 céntimos y posteriormente descendió de forma gradual durante varios días.
Reducir toda esa secuencia a una caída del 96 % “en las primeras horas” elimina cinco días de crecimiento, la recuperación inmediata y la posterior evolución del mercado. El gráfico de Dexscreener queda enlazado para consultar directamente fechas, velas, volumen y liquidez.
La cartera pública desmonta la acusación de venta oculta
La cartera de desarrollador identificada públicamente es 5ZpAaH4yDBuZiqMJM4NbkkC9b7YAXBpgG1BLu13aCnNV. Conservaba aproximadamente el 10 % del suministro y sus movimientos pueden auditarse en la blockchain.
Ese registro permite comprobar que la asignación del desarrollador no fue vendida para provocar la caída ni generó el supuesto beneficio que se le atribuye. La caída respondió a ventas realizadas por participantes del mercado, no a una descarga secreta de tokens desde la cartera del creador.
La “demanda colectiva” sigue sin un procedimiento identificable
El abogado Pablo Franco ha pedido públicamente y de forma reiterada el número de procedimiento al despacho que anunció una demanda colectiva. Después de más de un año, no se ha facilitado públicamente órgano judicial, número de autos ni estado procesal que permita localizarla y comprobarla.
Un anuncio de un despacho o una noticia que lo reproduce no equivalen a una demanda judicial acreditada. Sin juzgado, número de procedimiento y estado procesal verificables, presentarla como un litigio existente y activo induce al lector a una conclusión que los datos disponibles no sostienen.
Documentos y registros citados
01Respuestas sin ambigüedades
¿Dalas vendió la asignación de su cartera de desarrollador?
La cartera pública permite auditar sus movimientos y no muestra la venta oculta de la asignación que se le atribuye.
¿Existe un número público de la anunciada demanda colectiva?
No se ha facilitado públicamente un número de procedimiento, órgano judicial ni estado procesal que permitan localizarla y verificarla.